miércoles, 11 de febrero de 2015

PROPIEDAD INTELECTUAL: Ley SOPA- Caso de demanda interpuesta


La ley SOPA apunta a luchar contra la piratería de farmacéuticos, música y otros productos de consumo en internet, permitiendo al Departamento de Justicia buscar acciones judiciales en cortes federales contra sitios basados en el extranjero.

El promotor de esta ley es el congresista estadounidense Lamar Smith, el cual denomina que es un proyecto legislativo que incumbe directamente a organizaciones y empresas de Estados Unidos. Esta ley -según algunos críticos- establecería el uso (en EEUU) de un mecanismo de censura sobre Internet similar al que se utiliza en China, Irán o Siria y que censura los blogs y portales web a potestad del gobierno.

Pero hay que tener en cuenta, que esta ley ha tomado relevancia por lo que ha sido impulsada por la Asociación Cinematográfica Estadounidense, la Asociación de la Industria Discográfica Estadounidense y la Asociación de Industrias Farmacéuticas Estadounidense, junto con algunos legisladores como una solución a la piratería de contenidos a través de Internet.

Quienes se oponen, que no son pocos, argumentan que la ley infringe los derechos de la primera enmienda constitucional, que es censura en Internet, que lesionará los desarrollos futuros en la Internet y será una amenaza para la denuncia de irregularidades y otras muestras de libertad de expresión. Incluso la Casa Blanca manifestó su temor a que la Sopa pueda vulnerar las garantías jurídicas de las compañías que operan en Internet, así como la libertad de expresión.

Grandes organizaciones de internet como Google, Facebook, Twitter, LinkedIn, Wikipedia ya se han mostrado en contra. Las grandes compañías de tecnología ubicadas Silicon Valley, California, aseguraron en una carta que la Ley Sopa invade la privacidad de los usuarios y supone un grave riesgo para el desarrollo de la innovación y de la creación de empleo, así como para la seguridad cibernética de EEUU.

IMPORTANCIA DE ESTA LEY 

1.- La primera capacidad que SOPA otorgaría es permitir al poseedor de los derechos intelectuales de una obra enviar directamente un mensaje de advertencia al administrador del sitio web infractor, a la empresa donde se halle hospedado el sitio web e incluso al administrador del dominio empleado por el sitio web.
2.- En segundo término, SOPA permite al poder judicial estadounidense solicitar que motores de búsqueda como Google y proveedores de internet en nuestro vecino del norte impidan el acceso a los sitios infractores que se hallen fuera del territorio de EU. Por otro lado, puede hacer que compañías que proveen servicios de pago en línea como PayPal, suspendan el procesamiento de pagos de los infractores.
3.- Finalmente, para acelerar el procesamiento de los recursos en el extranjero, el Departamento de Estado y el Departamento de Comercio deberán nombrar en cada embajada un especialista en temas de propiedad intelectual. Todo lo anterior sin olvidar que los proveedores del servicio de internet deberán establecer sistemas decontrol de tráfico para que los usuarios no accedan a los sitios web que violen la propiedad intelectual.



CASO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

El  logotipo del Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI) y su similitud con la ilustración gráfica de la empresawww.shutterstock.com, desató una serie de comentarios en redes sociales.


El 17 de mayo del 2013, el IEPI se vio obligado a retirar de sus páginas oficiales el logo que la empresa Maxtimsa le diseñó, el cual era un lápiz tricolor, debido a que tenía similitudes con otro existente en un banco de imágenes de la página de Internet CanStockPhoto.
El logo original de donde se presume copió la empresa Maxtimsa es de la página denominada CanStockPhoto que es un sitio web que se dedica a vender derechos de uso sobre imágenes creadas por diferentes autores.

Sin embargo, la empresa encargada de hacer el logo negó que haya copiado a otro y explicó a través de un comunicado “todo su proceso creativo” para llegar a la idea final que costó, junto a su proceso de promoción, alrededor de $ 58.000.

Según Maxtimsa, para elaborar el logo del IEPI, se cruzaron algunas ideas “tales como, engranajes, máquina, creación, país, bandera, perfil humano representando al ecuatoriano, lápiz, pincel, personas, globo de texto, entre otras. Todo evocando la creatividad del ecuatoriano. Caímos en cuenta que todo este proceso era un remolino de ideas y conceptos que queríamos plasmar con un lápiz sobre nuestros sketch. De ahí partió la idea de crear un remolino como imagen”.

Análisis del caso: 

En todo caso, el Instituto de Propiedad Intelectual tuvo que solicitar a la empresa una nueva propuesta para cambiar el logo, ya que se considero que un 70% era plagio. Y estuvo bien que se de este ejemplo para que no se vuelva a repetir.

El debate de esta iniciativa debería continuar de manera abierta en todo el mundo, para seguir reflexionando sobre un tema importante y de tan alto impacto para una sociedad que, ya cotidianamente, utiliza y depende de Internet, buscando el difícil, pero necesario equilibrio, entre la libertad y los derechos de terceros, como serían la propiedad intelectual o los derechos de autor.

Aunque exista un amplio consenso de que los actos de piratería deben ser neutralizados, ello también requiere de leyes que vayan en consonancia con la actualización informática que, adicionalmente, se tome en cuenta la opinión de todos los participantes en el escenario de Internet, de tal forma que no limite la libertad de expresión y el avance tecnológico. Hay que tener en cuenta que las ideas por más pequeñas que sean, corresponden al dueño de èstas, y el IEPI no es el único caso sino que hay más por lo que se debería reflexionar en torno a otros casos.


FUENTE:
http://www.ultimasnoticias.ec/noticias/14986-el-iepi-cambiara-su-logo-tras-escandalo.html
http://mexico.cnn.com/tecnologia/2012/01/13/el-autor-de-la-ley-sopa-promete-luchar-y-vencer-a-la-pirateria-en-internet

No hay comentarios:

Publicar un comentario